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La Guardia Nacional retoma el control en carreteras: ya puede multar a conductores

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A partir del 26 de mayo de 2026, la Guardia Nacional recupera facultades clave para regular el tránsito en las carreteras federales del país, tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de un decreto que reforma el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.

Esta actualización legal busca fortalecer la seguridad vial y la colaboración con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), con el objetivo de prevenir accidentes y proteger a las familias que transitan por las vías federales.

¿Qué puede hacer ahora la Guardia Nacional en las carreteras?
– Inspeccionar vehículos y verificar sistemas de frenado.
– Dirigir el tránsito y emitir dictámenes técnicos.
– Elaborar actas-convenio en hechos de tránsito.
– Sancionar a quienes infrinjan el reglamento.
– Apoyar a la SICT en la verificación de conductores de transporte federal y privado.

Además, se establecen sanciones claras para quienes se nieguen a acatar órdenes, entreguen documentación o agredan a las autoridades o personal de emergencia.

Multas y sanciones: ¿qué debes evitar para no pagar?
El decreto fija multas basadas en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026, que van desde:
– 4,692 a 5,865 pesos por desobediencia a la autoridad o dispositivos de control (como semáforos o señales).
– 2,346 a 3,519 pesos por circular con vehículos en mal estado físico o mecánico.
– 1,173 a 2,346 pesos por no tomar medidas de seguridad ante fallas mecánicas o falta de combustible.
– 2,346 a 3,519 pesos por omitir o no llevar bitácoras de horas de servicio en transporte federal o privado.

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